sábado, 24 de septiembre de 2011

FIANZA


La fianza es un contrato por el cual una persona llamada fiador se compromete con el acreedor a pagar por el deudor (fiado) si éste no lo hace (art. 2794 del Código Civil).

Este contrato adquiere el carácter de mercantil cuando la fianza es a título oneroso y se otorga habitualmente por empresas que funcionan con el carácter de instituciones de fianzas.

Reafianzamiento. Es la fianza por la cual una institución se obliga a pagar a otra en la proporción correspondiente las cantidades que ésta deba cubrir al beneficiario por su fianza.

Coafianzamiento. Cuando dos o más instituciones otorgan fianza ante un beneficiario, y garantizan por un mismo o diverso monto o igual concepto, a un mismo fiado. En el coafianzamiento no hay solidaridad pasiva, por tanto, el beneficiario debe exigir la responsabilidad garantizada a todas las instituciones coafianzadoras y en la proporción de sus respectivos montos de garantía

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